Se anticipa que para finales de 2023, el Gobierno, sindicatos y la CEOE lograrán un consenso para publicar la versión definitiva del Estatuto del Becario en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pero, ¿cómo difiere este estatuto de la situación actual y cuál será su impacto en las empresas?
El propósito fundamental del Estatuto del Becario es establecer una regulación efectiva de las prácticas que realizan los estudiantes durante su formación. Estas prácticas representan la primera oportunidad para los estudiantes de obtener experiencia laboral y mejorar su empleabilidad en el futuro. Uno de los objetivos principales del estatuto es permitir que los estudiantes completen su formación académica de una manera más práctica, aplicando lo aprendido teóricamente en un entorno laboral.
Actualmente, existen diversas modalidades de prácticas, incluyendo módulos de prácticas en ciclos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad, así como prácticas académicas externas, que pueden ser curriculares o extracurriculares. Es importante diferenciar estas prácticas de las que se realizan a través de contratos de prácticas para titulados, ya que estos últimos constituyen una relación laboral y no deben confundirse con las becas de prácticas para estudiantes.
El nuevo Estatuto del Becario busca eliminar las prácticas extracurriculares y permitir únicamente las prácticas curriculares, que son obligatorias para los estudiantes y forman parte de su plan de estudios. Este estatuto regulará aspectos clave, como la remuneración, la duración máxima de las prácticas y la cantidad de becarios permitidos por empresa.
¿Qué es un becario?
Entonces, ¿qué se define como un becario según este nuevo estatuto? Se establece que un becario es un estudiante que, a través de un convenio de prácticas, realiza tareas formativas reconocidas oficialmente en programas de Formación Profesional o en la Universidad. Esto delimita claramente las prácticas a estudiantes que cumplan con estos requisitos y realicen prácticas curriculares dentro del marco de un convenio de prácticas de la Universidad o un centro de Formación Profesional.
Los cambios clave en el Estatuto del Becario y su impacto en las empresas son los siguientes:
- Eliminación de Prácticas Extracurriculares: A partir de su entrada en vigor, las empresas solo podrán contratar becarios a través de convenios de prácticas curriculares, gestionados por centros de Formación Profesional o Universidades.
- Apoyo Económico Establecido: Si bien no se permite solicitar una contraprestación a los becarios por su trabajo, las empresas deberán cubrir los gastos de desplazamiento, alojamiento o manutención si la beca no es remunerada.
- Tutorías Obligatorias: Las empresas deberán asignar un tutor para guiar y orientar a los becarios en su desarrollo. Además, se limita el número máximo de estudiantes por tutor: 5 en empresas más grandes y 3 en empresas con menos de 30 trabajadores.
- Derechos Equiparables a los Empleados: Cuando los becarios firmen el convenio con la empresa y el centro de formación, adquirirán derechos equivalentes a los empleados actuales, incluyendo vacaciones y acceso a servicios en el lugar de trabajo.
- Límite de Becarios por Empresa: El estatuto establece que el número máximo de becarios en una empresa no debe exceder el 20% de su plantilla total, con un mínimo de 2 personas en formación.
- Horarios Limitados: Las prácticas de formación deben respetar horarios y descansos, incluyendo festivos y vacaciones, según lo estipulado en los convenios reguladores de la empresa. Además, no se permitirán horarios nocturnos ni turnos, a menos que sea excepcionalmente necesario para los aprendizajes previstos en el plan formativo.
- Subvenciones para Empresas: Aunque aún no se ha detallado completamente, el nuevo estatuto propone una bonificación del 75% en las cuotas de la Seguridad Social para las empresas.
- Inclusión en la Seguridad Social: Según el estatuto, las empresas deberán dar de alta a cada becario en la Seguridad Social, y el tiempo de formación contará para su futura pensión.
Actualmente, el estatuto está pendiente de aprobación por el consejo de ministros y se espera que entre en vigencia a finales de 2023. Para facilitar la transición, se ha establecido un período de tres años hasta 2025, durante el cual seguirán en vigor las medidas actuales de contratación de becarios a través de convenios de prácticas.
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